¿Cómo afecta la nueva ley concursal a la ley de segunda oportunidad?

¿Cómo afecta la nueva ley concursal a la ley de segunda oportunidad?

¿Cómo afecta la nueva ley concursal a la ley de segunda oportunidad? Esta es la pregunta que se hacen muchas personas —particulares y autónomos— con problemas de solvencia que quieren acogerse a este procedimiento de exoneración del pasivo —cancelación de las deudas— conocido como Ley de Segunda Oportunidad de manera popular. Se la hacen, porque en España, acaba de cambiarse la Ley Concursal, que es la cabeza de partido en este tema. El Texto Refundido de la ley Concursal (TRLC), ha sido reformado, para adaptarlo a la normativa europea de insolvencia 2019/1023 —en principio—, y tras un periodo de alegaciones que contó con más de 600 de todos los estamentos del sector de la insolvencia, salió adelante a finales de agosto. Publicación en el BOE y entrada en vigor. Todo es una secuencia ya conocida.

La ley de la Segunda Oportunidad —Libro Primero, Título XI, Capítulo II—, (artículos 486 a 452), responde como hemos dicho a la denominación más técnica de exoneración del pasivo insatisfecho, o EPI, a partir de ahora. Antes se llamaba BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho).

Pero además de estos cambios cosméticos, veamos cómo ha cambiado la norma con la aplicación del nuevo texto.

¿Cómo afecta la nueva ley concursal a la ley de segunda oportunidad?

Tenemos una persona con Pasivo Insatisfecho. Esto se traduce como «persona con deudas que no puede pagar«. Por otro lado tenemos una ley que abre una ventana de oportunidad, de quedar libre por la cancelación de esas deudas. A esto lo llamamos EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho o traducido: Cancelación de las Deudas Pendientes de Pagar).

Lo que la ley nos marca es cómo acceder a ese beneficio. Y nos dice que tenemos dos fórmulas o caminos para alcanzar esa cancelación:

  • Presentando ante el juzgado una solicitud del EPI. Contacta con nosotros para que te demos información más concreta y adecuada a tu caso en particular, porque aquí aparecen unos plazos y condiciones que debes conocer.
  • Plan de pagos. Cuando se trate de un deudor de buena fe (ver post donde explicamos qué es obrar de buena fe) se podrá solicitar la exoneración de las deudas pendientes, por medio de un plan de pagos que no comporte la liquidación de la masa activa. Es decir, de los ingresos de la persona, se deducen los costes de hipoteca y deuda pública (donde la Administración Pública es el acreedor) y los gastos de comer, vestir, etc. El resto se destina al crédito exonerable, cada mes, durante 3-5 años (dependiendo de condiciones propias). Cumplido ese plazo, lo restante se exonera.

¿Qué hago si no puedo pagar mis deudas?

Diferenciamos entre persona física (particulares y autónomos) y personas jurídicas (empresas). Cuando una empresa no puede pagar sus deudas, tienen que acogerse al concurso de acreedores. La Ley de Segunda Oportunidad, es el concurso de acreedores de la persona física.

  • Lo primero que tienes que hacer es obrar con responsabilidad. En cuanto detectas esa situación de incapacidad de pagar, detén tus aventuras financieras y solicita ayuda. No sigas excavando un agujero del que ya no puedes salir. Solo consigues hacerlo más profundo y dañar a más personas.
  • Contacta con especialistas en Ley de Segunda Oportunidad para iniciar un proceso que será, a todas luces, ventajoso. Podemos conseguir librarte de tus deudas, salvar tu vivienda de la ejecución hipotecaria y tantas otras medidas de enorme ayuda para ti y tu familia. Pero para eso tienes que ser diligente y comunicarte con nosotros. NO ES POSIBLE GESTIONAR TÚ MISMO/A TU PROPIO PROCEDIMIENTO DE SEGUNDA OPORTUNIDAD.

Abogados de Segunda Oportunidad en Córdoba ¿Por qué elegirnos?

Cuando eliges trabajar con un abogado en persona, existe la oportunidad de reunirse y discutir tus necesidades legales y determinar si este abogado es el más adecuado para tu causa. Los beneficios adicionales incluyen lo siguiente:

  • Conocimiento de la Ley  El abogado que seleccionas comprende las leyes que son relevantes para tus necesidades y te asesorará en consecuencia. Trabajando juntos, recibirás el asesoramiento legal y los servicios necesarios para abordar tus objetivos de exoneración de deuda. Huye de una vaga descripción general y superficial de los conceptos legales generales que debes aplicar en Ley de Segunda Oportunidad de alguna manera a tu problema. No esperes haber tomado las decisiones correctas, mejor duerme con la segura tranquilidad de haberlo hecho.
  • Específico para tu situación. Las necesidades y objetivos legales de cada persona son diferentes y casi nunca encajan perfectamente en un formulario estandarizado. Trabajar con un abogado en persona asegura que tus documentos de planificación de acceso al EPI y otros documentos representen mejor tus intereses y objetivos. No quieres un concepto general, sino a medida.
  • Establecer una relación. A medida que tu vida avanza, cambia, y surgen nuevas necesidades legales. Al trabajar con un abogado en persona puedes establecer una relación con ese abogado. Con el tiempo, él o ella comprenderá mejor tus necesidades cambiantes en función de tu historial legal y podrá brindarte la mejor orientación en el futuro. 

El procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad es largo. Conviene estar cerca de profesionales que se adecúen a tu caso, que te lleven de la mano hasta la solución y que entiendan el problema en su globalidad, con empatía y cuidando de tu estado emocional, que para nosotros también es muy importante.

Por eso Vanessa Mellado es tu mejor opción en Ley de Segunda Oportunidad en Córdoba.

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