Devolución de cuotas abonadas no disfrutadas durante el coronavirus

devolución de cuotas

Hablamos esta semana sobre devolución de cuotas abonadas. No podemos decir que esté siendo una cuestión menor después de la crisis provocada por la pandemia del coronavirus. En este post vamos a tratar el tema de aquellas personas que antes de la declaración del estado de alarma (15 de marzo – 26 de junio) Habían abonado por anticipado una cuota para un servicio que no pudieron disfrutar.

El gimnasio sería un caso claro. Nuestra intención por tanto es explicarte cuáles son tus derechos si has estado abonado a un servicio del que no has podido disfrutar durante este periodo de confinamiento. No está de más apuntar que si, eres abonado algún otro tipo de servicio recurrente, la información que aquí vamos a apuntar podría ser de tu interés aunque no sea exactamente el caso del gimnasio el que a ti te ocupa.

En el artículo 36.1 del Real Decreto 11/2020 de 31 de marzo se anota que, en los contratos de prestación de servicios de tipo recurrente que se pagan por anticipado para su posterior disfrute, la empresa que presta el servicio, puede dar opciones de recuperación del servicio con carácter posterior a la recuperación de la normalidad tras el Estado de Alarma.

Pero esto es una negociación entre partes. Si como consumidor no aceptases los términos de esa recuperación que se te proponen deberían resolverse las cantidades en concepto de devolución.

Devolución de cuotas y pago recurrente

Otra consideración es el pago recurrente. Llamamos pago recurrente a aquellos servicios en los que me exámenes se paga una cantidad determinada. Es decir, aquellos servicios en los que por ejemplo cada día 15 del mes tienes que abonar 20 €. En estos casos el cobro de cantidades por ejemplo mensuales, no puede renovarse hasta que la empresa no pueda prestar de forma plena ese servicio mensual.

Opciones de recuperación

¿Cuáles son esas opciones de recuperación? Para el caso de gimnasios, pero también para el de  las academias de formación, cursos de reciclaje, academias de baile, música, idiomas… —por poner algunos ejemplos—, las opciones de recuperación son diversas. Vamos a ver algunas de ellas:

  • Ofrecer servicios alternativos que formen parte de su oferta de que por algún indicador puedan ser desinterés del usuario
  • Ofrecer descuentos en pagos posteriores a la recuperación del estado de normalidad
  • Desconectar de siguientes cuotas la cantidad abonada no disfrutada
  • Premiar la fidelidad y las molestias causadas, por ejemplo, incluyendo al cliente en un estadio superior a su cuota de afiliado

Pero como consumidor tienes algo que decir. Como te indicamos, en todo caso, al hablar de Devolución de cuotas abonadas no disfrutadas durante el coronavirus, debe contarse con tu aquiescencia, es decir con tu visto bueno a las condiciones de recuperación que se te ofrece.

Si tienes cualquier duda relacionada con el pago adelantado de un servicio que no has podido disfrutar durante el período de confinamiento por la causa de la pandemia del coronavirus, y el consecuente estado de alarma, puedes contactar con nuestro equipo legal donde unos abogados especialistas te informarán, tras analizar pormenorizadamente tu situación, de tus posibilidades, derechos y obligaciones. Estamos a tu disposición permanentemente aquí.

abogados@melladoytapia.com

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