Esta semana venimos con una guía práctica que te aportará 5 Estrategias para agilizar la liquidación de la herencia en Córdoba que pueden suponer un ahorro. Si estás en otra provincia, también te servirá la información, aunque como sabes, en torno a las herencias existen variaciones de índole autonómica que deberemos conocer. En cualquier caso, puedes preguntarnos tus dudas aquí.
Con todo situado, entremos en materia:
La pérdida de un ser querido es un momento difícil que se ve agravado por los trámites legales y administrativos que conlleva la liquidación de la herencia. En este artículo, te presentamos 5 estrategias para agilizar este proceso en España, con especial atención a la normativa específica de Andalucía.
5 pasos para agilizar la liquidación de la herencia en Córdoba Guía Práctica.
1: Reunir la documentación necesaria:
- Certificado de defunción.
- Testamento (si existe).
- Última voluntad del difunto (si no hay testamento).
- Documentación que acredite la identidad y filiación de los herederos.
- Inventario de bienes del difunto.
- Valoración de los bienes.
2: Contactar con un abogado especializado en derecho sucesorio:
Un abogado te asesorará sobre los pasos a seguir, te ayudará a interpretar la normativa legal y te representará en caso de que haya disputas entre los herederos.
3: Aceptar la herencia
Los herederos tienen un plazo de 6 meses para aceptar o renunciar a la herencia. La aceptación puede ser expresa o tácita.
4: Liquidar los impuestos:
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) es un tributo obligatorio que grava las transmisiones de bienes y derechos por causa de muerte (herencias) o por donación entre personas vivas. Este impuesto se aplica en todo el territorio español, pero la normativa específica y las bonificaciones varían según la Comunidad Autónoma.
¿Quiénes deben pagar el ISD?
Están obligados a pagar el ISD los herederos y donatarios que reciban bienes o derechos por causa de muerte o donación.
¿Cómo se calcula el ISD?
El ISD se calcula en función de la siguiente fórmula:
Base liquidable x Tarifa x Coeficiente de reducción = Cuota a pagar
Base liquidable: Es el valor de los bienes y derechos que se transmiten.
Tarifa: Es un porcentaje que se aplica a la base liquidable y que varía en función del parentesco entre el transmitente y el adquirente, así como del valor de la herencia o donación.
Coeficiente de reducción: Es un factor que se aplica a la tarifa para reducir el importe del impuesto. Este coeficiente varía en función de la edad del adquirente y del parentesco con el transmitente.
Plazo para pagar el ISD:
El plazo para pagar el ISD es de 6 meses desde la fecha del fallecimiento o de la donación.
Formas de pago:
El ISD se puede pagar en efectivo, mediante tarjeta de crédito o débito, o por domiciliación bancaria.
Bonificaciones:
Las Comunidades Autónomas pueden establecer bonificaciones en el ISD para determinados casos, como por ejemplo:
Parentesco: Cónyuges, descendientes y ascendientes en línea recta suelen tener bonificaciones importantes.
Discapacidad: Los herederos con discapacidad pueden tener derecho a una bonificación.
Vivienda habitual: La vivienda habitual del difunto puede tener una bonificación.
Recomendaciones:
Es importante calcular el ISD antes de realizar cualquier pago.
Se recomienda consultar con un abogado o asesor fiscal para obtener asesoramiento específico sobre tu caso particular.
Recursos adicionales:
Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/
Ministerio de Hacienda y Función Pública: https://www.hacienda.gob.es/
Ejemplo:
Supongamos que un padre fallece y deja una herencia a su hijo único. El valor de la herencia es de 100.000 euros. El hijo reside en Andalucía y no tiene discapacidad.
Base liquidable: 100.000 euros
Tarifa: 7,65% (para herencias entre padres e hijos en Andalucía)
Coeficiente de reducción: 1 (el hijo no tiene discapacidad)
Cuota a pagar: 7.650 euros
Bonificación: 99% (bonificación para cónyuges, descendientes y ascendientes en línea recta en Andalucía)
Cuota a pagar: 76,5 euros
En este caso, el hijo tendría que pagar 76,5 euros en concepto de ISD.
Este es solo un ejemplo, y el importe del ISD puede variar en función de las circunstancias específicas de cada caso.
5: Otorgar la escritura de partición:
La escritura de partición es un documento público que describe cómo se reparten los bienes de la herencia entre los herederos.
Normativa específica en Andalucía:
En Andalucía, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones tiene una bonificación del 99% para los cónyuges, descendientes y ascendientes en línea recta.
La Junta de Andalucía ofrece una serie de ayudas para el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Siguiendo estas 5 estrategias, podrás agilizar la liquidación de tu herencia en España y evitar problemas legales. Si tienes dudas, te recomendamos consultar con un abogado especializado en derecho hereditario.
Nota: Recuerda que este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento legal completo. Te recomendamos consultar con un abogado para obtener asesoramiento específico sobre tu caso particular. Puedes hacerlo aquí o en cualquiera de nuestros canales.
Vanessa Mellado
Tu abogada en Córdoba
Estoy a tu servicio. Con empatía, con ganas de hacer mi trabajo en pro de las personas que depositan su confianza en mi capacidad para resolver sus problemas.

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